Educación y segregación



En ningún caso los centros educativos que excluyan del ingreso en los mismos a grupos o personas individuales por razón de alguna de las causas establecidas en esta Ley, podrán acogerse a cualquier forma de financiación pública.

Corresponde al punto 2 del artículo 16 del anteproyecto de Ley para la igualdad de trato y la no discriminación. En la práctica significa que aquellos colegios o institutos separados por sexos, que sólo admitan chicos o sólo chicas dejarán de financiarse con el dinero público. Esto ya sucede en algunas comunidades autónomas, pero si continúa como hasta ahora el artículo, deberán llevarlo a cabo todas.

Esta medida es una apuesta clara por la coeducación y a favor de una educación no sexista. Es una noticia digna de celebración para aquellos que consideramos la escuela como algo más que un mero transmisor de conocimientos. La escuela es un agente de socialización importántisimo donde el alumnado adquiere distintos roles y se relaciona. Dentro de esas relaciones entre iguales, considero positivos los intercambios entre ambos sexos, opción que se pierde en los colegios que imparten una educación diferenciada. Una sociedad que apuesta por la igualdad no debe sostener con el dinero de todos este tipo de centros.

No obstante el artículo 16 va más allá de eso, ya que en su punto primero mantiene que las administraciones garantizarán la ausencia de cualquier forma de discriminación sobre admisión, permanencia y uso y disfrute de centros educativos. Queda esperar y ver que mecanismos se ponen en marcha a la hora de garantizar y hacer cumplir lo que proclama.


Anteproyecto de Ley para la igualdad de trato y la no discriminación (PDF)


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